Category: Auditoría

Business concept, businessmen putting puzzle pieces together

Puntos clave en una fusión de empresas

Hola,

Me permití hacer un procedimiento muy general de lo que debemos realizar abarcando temas financieros, fiscales, de auditoría y algunos legales sobre la fusión. Es bueno señalar que esta es una opinión, más no es una estrategia en detrimento de ninguna autoridad de México.

Este ejemplo es de unir dos empresas implicadas en la disolución de una: A y B, dónde permanece A. Si bien al momento comparten accionistas (Partes relacionadas), existirá contraprestación de las acciones y/o aumento de capital de la empresa adquiriente y de esto emanan algunas obligaciones.

Casi siempre la empresa que va a ser absorbida sigue sus operaciones normales en la etapa inicial de la fusión, estableciéndose únicamente una relación de compañía tenedora y de compañía subsidiaría. Esta relación puede continuar por un tiempo indefinido hasta que la fusión tenga lugar.

En este caso las acciones pasan a ser de la compañía adquiriente como pago de las acciones que se quieren comprar, en una proporción que sea atractiva; en esta forma, los accionistas de la empresa que se absorberá incrementan el valor de capital en la empresa adquiriente.

Esta fusión por incorporación, la sociedad subsistente incrementará su capital por los recursos netos recibidos que representan el capital de la empresa adquirida, y el nuevo capital será la suma de los capitales contables antes de la fusión de las empresas fusionada y fusionante. Esta fusión también es llamada fusión horizontal porque los accionistas o socios de la empresa fusionada son los mismos. La técnica de los estados financieros combinados debe usarse en este tipo de fusiones.

La Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce esta forma de fusión “podrá llevarse a cabo la fusión, y la sociedad que subsista o la que resulte de la fusión”

Puntos generales de LGSM:

Art. 223. Los acuerdos sobre fusión se inscribirá en el Registro Público de Comercio y se publicará en el sistema electrónico establecido por la secretaría de Economía, de la misma manera, cada sociedad deberá publicar su último balance, y aquella o aquellas que dejen de existir, deberán publicar, además, el sistema establecido para la extinción de sus pasivos.

Art. 224. La fusión no podrá tener efecto sino tres meses después de haberse efectuado la inscripción mencionada en el artículo anterior.

Durante dicho plazo, cualquier acreedor de las sociedades que se fusionan podrán oponerse judicialmente vía sumaria, a la fusión, la que se suspenderá hasta la ejecutoria la sentencia que declare que la oposición es infundada.

Transcurrido el plazo sin que haya recurrido oposición, podrá llevarse a cabo la fusión, y la que resulte de la fusión, tomará a su cargo los derechos y obligaciones de las sociedades extinguidas.

Art. 225. La fusión tendrá efecto en el momento de la inscripción, si se pactare el pago de todas las deudas de las sociedades que hayan de fusionarse, o se constituyere el depósito de su importe en una institución de crédito, o constare el consentimiento de todos los acreedores. A este efecto, las deudas a plazo se darán por vencidas.

El certificado en que se haga constar el depósito, deberá publicarse conforme al artículo 223.

El problema de la valuación.

Cuando las empresas se fusionan, independientemente de su forma, existe un problema de valuación, ya que existe una diferencia entre los libros contables, que por el momento están basadas por cifras históricas y su valor real puede ser diferente. Esta diferencia tiene influencia por la pérdida del poder adquisitivo de la moneda, la oferta y la demanda, la plusvalía y por estimaciones defectuosas de la vida probable de los bienes (activos fijos).

Si la fusión se hace mediante la compra de acciones o del activo de la entidad, se requiere determinar su valor actual en dinero. Si la fusión se hace por intercambio de acciones, se requiere determinar el valor relativo de cada una de las acciones de las empresas que se fusionen, con relación a las acciones de la nueva entidad. En la valuación es asunto clave de las partes que participan y debe considerarse con algún detalle el problema de la valuación de negocio en marcha, en el que, obviamente, se incluyen intangibles como, por ejemplo: marcas, patentes concesiones, y crédito mercantil de las entidades. Esto complica la problemática de la valuación.

Requisitos legales:

  1. La fusión debe ser decidida por los accionistas a través de una Asamblea Extraordinaria de socios, formalizándose por Escritura Pública inscribiéndose en el Registro Público de Comercio, en el cual se harán constar las condiciones de acuerdo a lo relativo y los balances iniciales y finales de cada una de las entidades fusionadas, así como el número y clase de acciones que han de ser entregadas a cada uno de los socios o accionistas a cambio de las acciones de las entidades fusionadas.
  2. Los acuerdos de fusión deberán ser inscritas en el Registro Público de Comercio y se publicarán en el periódico oficial. Cada sociedad deberá publicar su último balance, y aquella que deje de existir, deberán publicar, además, el sistema establecido por la extinción de su pasivo.
  3. La fusión NO podrá tener efecto sino tres meses después de haberse efectuado la inscripción prevenida en el artículo anterior.
  4. La fusión tomará como resultado, derechos y obligaciones y constará con la autorización de los acreedores. El certificado en que se haga constar el depósito deberá publicarse conforme al artículo 223.

Aspectos Fiscales.

El CFF, en su artículo 14-A, señala los casos en que no se consideran enajenación señalado en la fusión, siempre que los accionistas propietarios de las acciones con derecho a voto de la sociedad, que surge con motivo de la misma, no las enajenen durante un periodo de tres años contando a partir del momento en el que ocurre la fusión.

En los ejercicios fiscales, cuando hay una terminación anticipada por fusión o liquidación “el ejercicio fiscal terminará anticipadamente en la fecha que entre en liquidación o se fusionen”… . La sociedad que subsista, o se constituya, presentará declaraciones del ejercicio de las que desaparezcan (Art. 11)

Están obligados a presentar Información Sobre la situación fiscal en la declaración del ejercicio de acuerdo a LISR Art. 32-H en el caso que los ingresos acumulables sean iguales o superiores a un monto equivalente a $ 791,501,760.00, así como aquellos en el ejercicio inmediato anterior. Y, por las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

El ejercicio irregular debe coincidir con la fecha en la que tenga efecto la fusión de conformidad con el Art. 224 de LGSM y señale en su parte final “La sociedad que subsista o la que resulte de la fusión, tomará a cargo sus derechos y obligaciones de las sociedades extinguidas”

No puede transmitirse la amortización de pérdidas fiscales, si desean aplicarse deberán ser tomadas al momento de la fusión, con cargo a la utilidad fiscal, correspondiente a los mismos giros en los que se produjo la pérdida.

…NO se disminuirá la pérdida fiscal o l aparte de ella, que provenga de fusión o liquidación de sociedades, en las que el contribuyente sea socio o accionista.

La compraventa de acciones por aumento de capital, como parte de los bienes transmitidos, tendrán como costo comprobado de adquisición el costo promedio por acción que tenían las sociedades fusionadas, al momento de la fusión. Esta se presente en un Dictamen, por Contador Público registrado y certificado que señale el costo comprobado de adquisición ajustado de las acciones.

En caso de incumplimiento de cualesquiera de los requisitos, se deberá pagar el impuesto correspondiente a la enajenación de acciones, considerando el valor en que dichas acciones se hubieran enajenado entre partes independientes en operaciones comparables o bien, considerando el valor que se determine mediante avaluó determinado por personal asignado por las autoridades fiscales. El impuesto que se determine lo pagará el enajenante, actualizado desde la fecha en la que se efectuó la enajenación y hasta la fecha en la que se pague.

Obligaciones patronales:

Se realizará el cambio y sustitución patronal, como ya se mencionó se absorben derechos y obligaciones.

Para mayor información sobre este tema puedes escribirnos a nuestro correo, oscar@global-consultores.mx

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La importancia de los controles en el proceso de nómina

Reseña

En este artículo hablaremos acerca de la importancia de incluir controles detectivos y controles correctivos en nuestro proceso de nómina.

Antecedentes

Es muy común escuchar historias en las que los procesos de nóminas se ven manchados por situaciones de fraude, abuso de confianza o empleados descontentos; esto se presenta, principalmente, por que se conjugan las diferentes puntas del tríangulo del fraude que se muestra en la siguiente figura:

Como se puede observar, los motivos personales (presiones económicas) en conjunción con la oportunidad (una inadecuada segregación de funciones) y la justificación (- “Me lo merezco porque soy el empleado que más trabaja”), llevan a situaciones de fraude en el proceso de nóminas.

Estableciendo controles

La forma más sencilla de evitar estas situaciones incómodas en nuestras empresas y en nuestro proceso de nóminas, es establecer controles que ayuden a prevenir, detectar y mitigar las posibles situaciones. Desde luego, hay cosas que están fuera de nuestro control, por ejemplo, los motivos personales de nuestros empleados; sin embargo, la oportunidad y la justificación si es algo que podemos mitigar.

Mitigar la oportunidad

La oportunidad es una situación que sí podemos controlar; es algo que depende enteramente de nosotros, del entorno que propiciamos, de las condiciones que establecemos en nuestras empresas y de la confianza (en ocasiones excesiva) que otorgamos a algunos empleados encargados de los procesos de nóminas.

La oportunidad se puede mitigar, en ocasiones, hasta dentro de los mismos sistemas en los que establecemos roles y usuarios y otorgamos permisos a los diferentes empleados a determinados módulos; la forma más común y sencilla de mitigar la oportunidad es estableciendo una adecuada segregación de funciones.

La segregación de funciones es un método que usan las organizaciones para separar las responsabilidades de las diversas actividades que intervienen en los procesos de la entidad, incluyendo la autorización y registro de transacciones así como mantener la custodia de activos. Como resultado, una segregación de funciones o inapropiada puede representar un aspecto importante para las organizaciones originando debilidades materiales o deficiencias significativas en los controles internos. Esto es porque dichas deficiencias pueden resultar en una mayor posibilidad de fraude, errores, o irregularidades en los procesos, en el procesamiento de transacciones y en reportes financieros. Una segregación adecuada de funciones reduce la probabilidad que los errores, sean intencionales o involuntarios, no sean detectados. Asimismo, puede brindar asistencia en la protección de los activos de la organización (Artículo “Segregación de Funciones, emitido por la firma KPMG Cárdenas Dosal, S.C.)

Sin embargo, si los controles preventivos fallan, existen los controles detectivos que nos pueden ayudar a identificar si hay situaciones irregulares en nuestras compañías.

Mitigar la justificación

Este es un proceso más complicado y subjetivo; sin embargo, esto es algo que se logra a través de la cultura organizacional. La mayoría de las veces la justificación de una mala acción se presenta cuando hay descontento en nuestros empleados por salario, carga de trabajo, falta de vacaciones, un mal ambiente de trabajo. Estas situaciones podemos detectarlas en los procesos de evaluación del clima laboral y debemos estar muy atentos a las respuestas pues ellas nos pueden dar indicios de dónde debemos enfocar nuestros esfuerzos para prevenir, detectar y mitigar riesgos en nuestros procesos de nómina.

Algunos consejos

Siempre es bueno tomarse un tiempo para evaluar a conciencia nuestros procesos internos con el objeto de identificar riesgos y establecer controles. Una adecuada segregación de funciones, puede evitarnos dolores de cabeza y pérdidas a largo plazo.

Contar con las herramientas adecuadas, tales como sistemas robustos, podemos apoyar al proceso de establecer controles que ayuden a mitigar los riesgos en nuestras empresas; el establecimiento de roles y usuarios en los sistemas contribuye a lograr una perfecta armonía en las actividades de cada departamento.

Contar con asesores externos en las áreas, nos puede ayudar a identificar de qué forma detectar y minimizar riesgos en nuestros procesos.

Conclusión

Establecer controles en nuestras empresas puede ayudarnos a prevenir un trago amargo en aquellos casos en los que el triangulo del fraude esté presente. Contar con sistemas adecuados nos ayudará a identificar situaciones de riesgo (por ejemplo, una evaluación de clima laboral o un sistema de nómina que sea robusto), estas herramientas, en conjunto con otros controles son los medios adecuados para prevenir, identificar y mitigar abusos de confianza y fraudes en nuestras empresas.

Para mayor información sobre este tema puedes escribirnos a nuestro correo, oscar@global-consultores.mx

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Inspecciones a centros de trabajo

El Gobierno Federal dio a conocer recientemente un programa integral para identificar y erradicar el régimen de subcontratación laboral que sea ilegal y afecte tanto los derechos como las remuneraciones de los trabajadores. Mediante este programa se contemplan visitas de verificación en los centros de trabajo de aquellas empresas donde se presuman situaciones de irregularidad o ilegalidad.

Dichas visitas de inspección o verificación se llevarán a cabo por un grupo interinstitucional de trabajo, el cual se enfocará a los siguientes objetivos y acciones:

  • Inspecciones laborales a través de la Secretaria del Trabajo;
  • Revisiones fiscales a cargo del IMSS, INFONAVIT y el SAT;
  • Aplicación de medidas financieras por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del SAT;
  • Apoyo a la regularización de los patrones reales y sus trabajadores a cargo del IMSS, INFONAVIT y el SAT; y la
  • Imposición de sanciones ejemplares y en su caso la confirmación de expedientes por defraudación fiscal a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF).

En este contexto, se hace necesario revisar el cumplimiento de obligaciones en materia laboral así como de seguridad social; verificar que los contratos de subcontratación laboral y las obligaciones que deriven de ellos, estén dentro del marco legal; y cumplir con las diversas obligaciones que se establecen para los patrones en las leyes federales, a efecto de que no existan contingencias o una posible imposición de multas, créditos fiscales, capitales constitutivos o, inclusive, la comisión de un delito.

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Sistema administrativo vs sistema contable

Esta semana tuvimos un problema por atender de un nuevo cliente. Y al entender el problema creemos conveniente escribir acerca del tema.

Déjenme explicar, la compañía instala pisos a nivel nacional, son acabados finos y usan materiales de muy alto costo y calidad. La compañía ha crecido de manera importante en los últimos ejercicios.

Al entender la operación de la compañía, esta se basa solo en el cobro y pago con base a los flujos de efectivo. Hoy se ven en la necesidad de usar la información financiera, mientras el departamento de contabilidad de dicho cliente no tiene control de las cifras. Al ver el resultado de contabilidad de dichas cifras no son reales, no son confiables y tienen desviaciones importantes.

En algunos rubros, la compañía cruza información contable con un paquete administrativo de las áreas operativas como son cuentas por cobrar, inventarios y cuentas por pagar. Ningún rubro coincide y tienen las cifras con montos elevados y no se confía en la veracidad.

Para poder revertir todas estas incidencias nuestra estrategia fue:

  1. Identificar procesos.
  2. Identificar los controles.
  3. Identificar a los dueños de los procesos.
  4. Identificar que los controles existan y sean funcionales.
  5. La contabilidad tendrá integraciones en cada rubro financiero.
  6. Conciliar contabilidad con la documentación y con los responsables.
  7. Reuniones con los responsables para que aprueben el saldo final.
  8. Entregar nuestra carta de resultados.

Comento todo esto, ya que es un proyecto que cobraremos, y tiene un costo financiero. Pero este daño financiero no es nuestra paga.

  1. El pago de sueldos de los encargados en los procesos que no hicieron su trabajo (GASTO).
  2. El costo de las transacciones no cobradas (GASTO).
  3. El costo de transacciones no pagadas y ahora tienen recargos (GASTO).
  4. El costo de volver a capturar contabilidad y calcular impuestos (GASTO).
  5. Si debe correr empleados, dejaron hacer antigüedad y cuesta más dar las bajas necesarias (GASTO).
  6. La inversión de los sistemas tecnológicos no serán recuperables por el momento.
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En época de inventarios.

Debes comprender el por qué le debes dedicar tiempo y/o asignar parte de tu presupuesto para realizarlo. O simplemente cumplir con los controles con el proceso de almacén–costo de ventas.

Lo mencionamos y recomendamos por lo siguiente:

  1. Por obligación fiscal.
  2. Por control financiero.

La obligación fiscal se encuentra en la Ley de ISR, y por control financiero nos referimos a  tener certeza en las cifras al cierre, confiabilidad, identificar robos y mermas, cumplimiento de controles de aseguramiento del rubro.

Por ley debes realizar el inventario al menos un mes antes del cierre del ejercicio y financieramente, dependes de las operaciones en volumen que su negocio emane. Si tiene una operación rutinaria en la que diariamente entren y salgan diferentes mercancías, la valuación deberá analizarse si se realiza de forma mensual, trimestral o semestral.

Aspectos para cuidar por el equipo de Inventarios de la empresa:

  • Conocer el tipo de mercancías.
  • Que todos los productos tengan marbetes identificados por un código.
  • Realizar de dos a tres conteos TOTALES, en los casos de diferencias hasta un cuarto conteo.
  • El resultado de los conteos deberá ser aprobado por el responsable de almacén y el contador o en cargado de finanzas.

Aspectos que deben cuidar los terceros a una empresa (Independientes)

  • Solicitar el listado de productos a contar.
  • Realizar los cálculos para determinar el número de partidas a revisar.
  • Se recomienda hacer dos tipos de conteos, de listado a piso y de piso a listado.
  • Notificar diferencias, si el revisor cree pertinente realizar más pruebas o participar en el total del conteo, es bajo su riesgo.
  • El auditor deberá firmar y emitir un reporte de los conteos realizados.
  • Realizar la conexión de cifras dependiendo el día del conteo.
  • Realizar el corte de formas al final del periodo e inicio del período inmediato posterior.
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